La reciente publicación de la Orden TES/1582/2025, que actualiza los módulos económicos de financiación de la formación profesional, ha suscitado numerosas consultas por parte de empresas y gestores de formación en relación con la actualización de los módulos económicos de financiación de la formación profesional y su posible impacto en la Formación Programada por las Empresas (formación bonificada).
Tras un análisis técnico y jurídico de la norma, la conclusión es clara: la Orden TES/1582/2025 no tiene efectos jurídicos sobre el sistema de bonificaciones empresariales, ya que su ámbito de aplicación se limita exclusivamente a la formación financiada mediante el régimen de subvenciones públicas.
La Orden TES/1582/2025 actualiza los módulos económicos máximos de financiación, estableciendo los siguientes importes:
–15,40 euros/hora/participante para formación presencial
–8,90 euro/hora/participante para formación en modalidad de teleformación
Novedades reales de la Orden TES/1582/2025
Una vez descartada su aplicación a la formación bonificada, las novedades introducidas por la Orden TES/1582/2025 afectan únicamente a la gestión de fondos públicos por parte de las administraciones y de las entidades de formación que participan en la oferta formativa subvencionada. Se trata, por tanto, de una actualización presupuestaria y técnica que no altera las reglas, requisitos ni límites económicos del sistema de Formación Programada por las Empresas.
La Orden TES/1582/2025 no modifica ni afecta a la formación bonificada que gestionan las empresas con cargo a su crédito formativo. Sus módulos, requisitos y procedimientos permanecen invariables hasta que se produzca una modificación expresa de la normativa reguladora del sistema de bonificaciones.
Opinión DEOR
Aunque la revisión de los módulos económicos no afecta actualmente a la formación bonificada, creemos que no hay razón para que estos incrementos no se reflejen también en ella. En DEOR sabemos que se están realizando esfuerzos para lograrlo.
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