¿Cuáles son los soportes justificativos a presentar ante un requerimiento?

¿Cuáles son los soportes justificativos a presentar ante un requerimiento?

En cumplimiento del artículo 18.3 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la FUNDAE, están requiriendo a algunas empresas documentación acreditativa de los costes 2022. La presentación de dicha documentación deberá realizarse en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la apertura de la notificación. Para tu tranquilidad, te avanzamos que no hay ningún cambio respecto a los documentos que solicitan.

 

Se precisa de los siguientes soportes justificativos:

 

– En el caso de que la empresa esté exenta o no sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido y siempre que dicho impuesto constituya un coste bonificado, es necesario el certificado emitido por la Delegación de la Agencia Tributaria (impreso 01) o copia del Censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036).

– Las facturas, documentos sustitutivos o medios de prueba admitidos en derecho que soporten los costes de formación.

– Justificantes de pago y extractos bancarios donde figure el cargo en cuenta por los costes de formación.

– Justificantes de las anotaciones contables del gasto de la formación y la bonificación aplicada correspondiente o RLC del mes en el que se ha realizado la bonificación con el justificante de pago.

– Certificado acreditando que no se ha recibido ayuda o subvención alguna para la realización de las acciones formativas de cualquier otra entidad, pública o privada, nacional o internacional correspondiente al ejercicio objeto de requerimiento.

– Copia de los certificados o diplomas entregados o remitidos a los participantes y acreditación documental de que los trabajadores los han recibido o, en su defecto, de que les han sido remitidos los mismos.

– Copia de los partes de firma y/o controles de aprendizaje (según modalidad de impartición).

– En el caso de formación en la modalidad de teleformación, copia de la documentación acreditativa de la programación y metodología didáctica del curso.

– Costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo.