De la publicación de la Resolución de 9 de diciembre de 2021, del Servicio Público de Empleo Estatal, que prorroga las medidas adoptadas para el 2022 en la formación programada a fin de hacer frente a la Covid, destacamos:
– Se permite que las acciones formativas se impartan mediante aula virtual, considerándose como formación presencial.
– Se sigue ofreciendo la opción de realizar formación bimodal, que permite impartir la formación de forma presencial a una parte de los asistentes mientras que la otra asiste de forma virtual, siempre y cuando se informe en la comunicación inicial de curso.
– Se mantiene el plazo de 2 días en la comunicación de inicio de las acciones formativas.
Estas medidas también se hacen extensiva a los Permisos Individuales de Formación (PIF).
Medidas que se mantienen: crédito asignado para la formación de los trabajadores
La financiación de la formación profesional para el empleo aparece en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para este año. Las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional dispondrán de un crédito asignado para la formación de sus trabajadores que resulta de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año 2021 el porcentaje de bonificación que, en función del tamaño de las empresas, se establece a continuación:
– De 1 a 5 trabajadores: Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 euros, en lugar de un porcentaje. Asimismo, podrán beneficiarse de un crédito de formación, en los términos establecidos en la citada normativa, las empresas que durante el año 2022 abran nuevos centros de trabajo, así como las empresas de nueva creación, cuando incorporen a su plantilla nuevos trabajadores. En estos supuestos las empresas dispondrán de un crédito de bonificaciones cuyo importe resultará de aplicar al número de trabajadores de nueva incorporación la cuantía de 65 euros.
– De 6 a 9 trabajadores: Las empresas dispondrán de un crédito de bonificación del 100%
– De 10 a 49 trabajadores: Las empresas dispondrán de un crédito de bonificación del 75%
– De 50 a 249 trabajadores: Las empresas dispondrán de un crédito de bonificación del 60%
– 250 o más trabajadores: Las empresas dispondrán de un crédito de bonificación del 50%.
Financiación de los Permisos individuales de Formación (PIF)
Las empresas que durante el año 2022 concedan Permisos Individuales de Formación a sus trabajadores dispondrán de un crédito de bonificaciones para formación adicional al crédito anual que les correspondería. Este importe resultará de aplicar los criterios determinados por la normativa aplicable. El crédito adicional asignado al conjunto de las empresas que concedan los citados permisos no podrá superar el 5% del crédito establecido en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para la financiación de las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social por formación profesional para el empleo.
El Área de Gestión del Conocimiento recopila y analiza toda la normativa publicada para garantizar el asesoramiento a nuestros clientes. Si tienes dudas relacionadas con este tema o cualquier otro aspecto de la formación bonificada, escríbenos a comunicacion@deorconsultores.com y te ayudaremos