ERTES y formación según el RDL 18/2021

ERTES y formación según el RDL 18/2021

Entre las nuevas condiciones de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por la crisis de la Covid, que entraron en vigor el pasado 1 de noviembre, cobran especial relevancia las acciones formativas a los trabajadores. Tanto es así, que las exoneraciones de cotizaciones a la Seguridad Social se vinculan directamente a la impartición de programas de formación a los empleados en ERTE.

Cómo proceder si eres una empresa en ERTE y quieres notificar formaciones

FUNDAE ha habilitado nuevas casillas en su aplicativo y todas aquellas empresas que hayan solicitado prórroga del expediente de regulación temporal de empleo deben indicarlo en la pantalla de características de los datos de empresa. Es importante que tengáis en cuenta que, una vez guardada la información relativa a empresa con prórroga de ERTE, esta no podrá modificarse.

Una vez informamos al sistema de que nos encontramos en esta situación, tendremos que informar del número de personas trabajadoras en la empresa y el número de trabajadores afectados por ERTE a fecha 1 de noviembre de 2021. Con estos datos introducidos automáticamente se nos mostrará el dato del incremento de crédito por ERTE.

 Estos datos son provisionales y están pendientes de validación por la Tesorería General de la Seguridad Social. En caso de necesitar realizar modificaciones sobre dicha información tendremos que solicitarlo mediante observación en los datos de empresa.

Hay que recordar que el Real Decreto 18/2021 hace hincapié en que las formaciones que ofrezca la empresa deben ir dirigidas a la mejora de competencias profesionales y la empleabilidad. En cualquier caso, la empresa en ERTE deberá presentar un plan de formación ante el SEPE, que deberá validarlo. Lo que si exige el real decreto es un número mínimo de horas de formación en función del tamaño de la empresa. Así, en aquellas con una plantilla de entre 10 y 49 trabajadores, es de 30 horas, y en las que cuenten con 50 empleados o más, ese mínimo es de 40 horas. Además, los cursos deben impartirse durante la reducción de jornada o la suspensión del contrato.

 

Dudas y certezas a la hora de bonificar formaciones para trabajadores en ERTE

Hoy en día planean muchas dudas al respecto de este asunto, pero un dato que podemos afirmar con rotundidad es que se pueden acoger a este tipo de exoneraciones aquellas empresas hayan solicitado prórroga del expediente de regulación temporal de empleo antes del 16 de octubre.

Esperamos que esta información te haya sido útil. Si tienes dudas relacionadas con este tema o cualquier otro aspecto de la formación bonificada, escríbenos a comunicacion@deorconsultores.com y te ayudaremos