Están empezando a llegar las conciliaciones del crédito 2018. El plazo legalmente establecido para la lectura del contenido es de 10 días naturales. Transcurrido dicho plazo, se entenderá que la notificación ha sido rechazada. Para presentar alegaciones el plazo es de 10 días hábiles desde la descarga del archivo.
Recordar que hay que tener actualizado el correo electrónico a efectos de comunicación con FUNDAE y, sobre todo, tener vigente los certificados digitales de los interlocutores ante FUNDAE. Recientemente el equipo de DEOR hemos podido solventar con FUNDAE una situación de inaccesibilidad al aplicativo por parte de un grupo de empresas beneficiarias que habían sufrido cambios de representantes legales y no disponían de certificados digitales.
También es importante que reviséis si en el aplicativo FUNDAE tenéis o no publicada la pestaña de “Comprobación de Resultados”. Se están recibiendo requerimientos de costes y aspectos documentales de la formación bonificada.
Se precisa de los siguientes soportes justificativos:
1.En el caso de que la empresa esté exenta o no sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido y
siempre que dicho impuesto constituya un coste bonificado, es necesario el certificado emitido por la Delegación de la Agencia Tributaria (impreso 01) o copia del Censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036).
2.Las facturas, documentos sustitutivos o medios de prueba admitidos en derecho que soporten los costes de formación.
3. Justificantes de pago y extractos bancarios donde figure el cargo en cuenta por los costes de formación.
4. Justificantes de las anotaciones contables del gasto de la formación y la bonificación aplicada correspondiente o RLC (antiguo TC1) del mes en el que se ha realizado la bonificación con el justificante de pago.
5. Contrato de encomienda de organización de la formación suscrito y adhesión al contrato con la entidad organizadora en los términos que establece la normativa, en el caso de que exista, donde figure el coste por los servicios prestados en concepto de organización.
6. Certificado acreditando que no se ha recibido ayuda o subvención alguna para la realización de las acciones formativas de cualquier otra entidad, pública o privada, nacional o internacional correspondiente al ejercicio objeto de requerimiento.
7. Copia de los certificados o diplomas entregados o remitidos a los participantes y acreditación documental de que los trabajadores los han recibido o, en su defecto, de que les han sido remitidos los mismos.
8. Copia de los partes de firma y/o controles de aprendizaje (según modalidad de impartición).
9. En el caso de formación en la modalidad de teleformación, copia de la documentación acreditativa de la programación y metodología didáctica del curso.
10. Justificación de haber sometido las acciones formativas a información de la representación legal de los trabajadores, en aquellos casos en los que la empresa disponga.
11. Costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo
Estando a las puertas del periodo vacacional te recomendamos que estés al caso de cuáles son los plazos administrativos. Como ya sabéis, en DEOR realizamos todos los trámites necesarios para atender los requerimientos y mantener la comunicación con FUNDAE. Si necesitas ayuda, contacta con nosotros y estaremos encantados de guiarte.